Inmigrantes podrían impugnar órdenes de deportación

Inmigrantes podrían impugnar órdenes de deportación
El fiscal general, Jeff Sessions. EFE

Los recientes fallos de la Corte Suprema darán como resultado que muchos inmigrantes puedan impugnar sus órdenes de deportación.

El 21 de junio de 2018, la Corte Suprema de los Estados Unidos emitió una decisión que permitirá a muchos, si no a la mayoría de los inmigrantes que recibieron órdenes de deportación (expulsión) por parte del Tribunal de Inmigración, solicitar la reapertura de sus órdenes de expulsión y procedimientos ante el tribunal terminado.

Durante los últimos 21 años, cada persona que ha sido llevada a un procedimiento ante la Corte de Inmigración ha sido procesada al recibir un documento llamado «Aviso de comparecencia» (Anteriormente, el documento se llamaba «Orden de mostrar causa»).

La Notificación de comparecencia (y la orden de mostrar causa de antemano) es el documento que entrega el Departamento de Seguridad Nacional al inmigrante que indicará por qué la persona debe ser removida del país.

Alegará, por ejemplo, el país de origen, que la persona no está presente legalmente en los Estados Unidos, si la persona ingresó con una visa o sin inspección, y con frecuencia la fecha de entrada de la persona en los Estados Unidos.

Significativamente, el Aviso de Comparecencia también debía indicar la fecha, la hora y el lugar donde el inmigrante tendría que comparecer ante el juez de inmigración. Sin embargo, la gran mayoría de los Avisos no indicaron estos datos. El 21 de junio, la Corte Suprema dictaminó que los Avisos que no indicaron fecha, hora y lugar fueron defectuosos. (El nombre del caso es Pereira vs. Sessions).

Los inmigrantes que podrían tener una orden de deportación deben obtener una copia de su Aviso de Comparecencia para determinar si pueden reabrir sus antiguas órdenes de expulsión. (Obviamente, esto debe hacerse con la ayuda de un abogado).

Esto tiene dos consecuencias importantes. En primer lugar, si no califica para una reparación o si su caso no es sólido, su abogado debería poder rescindir el procedimiento de deportación ante el juez de inmigración.

Segundo. Si el Aviso de Comparecencia se atendió de manera incorrecta y usted vuelve a abrir el procedimiento, podría encontrarse en una situación para calificar para una exención para la cual la persona anteriormente no era elegible. Esto ocurre con mayor frecuencia para los que ahora pueden calificar para la cancelación de la expulsión de residentes no permanentes.

Para que quede claro, le conviene realizar un análisis más profundo de su caso para determinar si desea buscar la cancelación de la deportación o la terminación de los procedimientos de deportación, pero ambas opciones estarían disponibles para usted en ese escenario.

 

* Presidente y abogado principal de la Oficina Jurídica de Eric Horn, P.C